martes, julio 11, 2006

Proyecto de Declaracion de Derechos Indigenas.

Tuvieron que pasar 22 anos de ininterrumpidas negociaciones entre Pueblos Indigenas y Estados Nacionales, para que al fin se aprobara el proyecto de Declaracion de Derechos de Pueblos Indigenas.

La votacion levanto controversias, ya que 30 votos fueron a favor, para que el proyecto se aprobara, 17 abstenciones y dos votos en contra, la de Rusia y Canada.

Dentro de los votos abstencionista se encontraba el de Argentina ya que a ultima hora su representante retiro el apoyo al texto.

La explicacion del Canciller argentino Jorge Taiana que se encontraba presente al momento de la votacion fue: "La falta de elementos que permitan poner al mismo nivel el derecho de autodeterminacion de los pueblos y el principio de unidad nacional"

Ya para septiembre se aprobara o se rechazara este proyecto de declaracion de Pueblos Indigenas. Lo concreto es que como Pueblos Indigenas, hemos dado un paso historico en aprobarlo.

Chile, segun la Presidenta Michelle Bachelet ha enviado al senado y la camara de Diputados la ley que aprobaria la Resolucion 169 de la OIT.

Si Chile ratificara el Convenio tendria que ir al punto 16 de la Declaracion. En que dice textualmente : "alentando a los Estados a que cumplan y apliquen eficazmente todas sus obligaciones en lo que se refiere a los Pueblos Indigenas, que les imponen los instrumentos internacionales, en particular los relativos a LOS DERECHOS HUMANOS, en consulta y cooperacion con los Pueblos interesados"

Y hacia ese punto es el que hay que dirigirse. Ya que si el Estado chileno RATIFICA el Convenio 169 se deberia de otorgar la LIBERTAD INCONDICIONAL e inmediata a los presos politicos mapuche.

Y a la vez profundizar en el dialogo con las comunidades en conflicto. Ya que el articulo 3 del citado proyecto dice:"Los Pueblos Indigenas, tienen el DERECHO A LA LIBRE DETERMINACION.

En virtud de ese derecho determinan libremente su condicion politica y persiguen libremente su desarrollo economico, social y cultural".

En el articulo 3 bis continua : 'Los Pueblos Indigenas, a ejercer su libre determinacion. TIENEN DERECHO A LA AUTONOMIA O EL AUTOGOBIERNO, EN CUESTIONES RELACIONADAS CON ASUNTOS INETERNOS Y LOCALES, ASI COMO LOS MEDIOS PARA FINANCIAR SUS FUNCIONES AUTONOMAS.

La pregunta es: Aceptara el Gobierno chileno el principio de autonomia? O el Convenio 169 se aprobara mutilado por ambas camaras?.

Y a todo esto, que ira a decir la derecha chilena sobre este asunto?

Y ahora a esperar hasta septiembre, para que el Proyecto de Declaracion, sea aprobado en Nueva York por la Asamblea General. Ya sea por aclamacion o por votacion.

Carlos Eden-Maidel.
Activista por Derechos Humanos Indigenas.
Nueva York.USA.
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